Son subvenciones directas del Estado al comprador recibiendo éste un ingreso en su el número de cuenta aportado. El concesionario también deberá igualar la ayuda del Estado, limitándose a 1.000€ en caso de vehículos con Etiqueta Cero.
Las ayudas pueden llegar hasta los 5.500€.
Depende de:
Particulares, autónomos y empresas siempre y cuando estén al corriente de sus obligaciones como contribuyentes. Las empresas pueden solicitar ayuda hasta para 30 unidades.
Otro punto de interés es que incluyen la modalidad de renting, siendo en éste caso la empresa que presta el servicio quien cobre el importe y lo descuente a su cliente. Como obligación, mantener la titularidad del vehículo y su matrícula en España durante 24 meses.
Achatarrar un vehículo de más de 10 años siendo el titular durante el último año, la ITV en vigor e impuesto de matriculación pagado. Si el vehículo es comercial la antigüedad se reduce a 7 años.
Se incluyen turismos (incluida la categoría SUV y todo terreno) como de furgonetas.
1.- Emitir menos de 120gr de C02 (155gr de CO2, referencia NEDC en furgonetas)
2.- Posean las Etiquetas Medioambientales C, ECO y CERO y Calificación Energética del IDEA de clase A o B. Aquí entran vehículos híbridos convencionales, híbridos y eléctricos puros y propulsados por GLP, GNC, diésel o gasolina.
3.- Matriculado en España a partir del 15 de junio de 2020 o ser un KM 0 matriculado a partir del 1 de Enero 2020.
4.- No superar los 35.000€ de precio de fábrica (antes de impuestos) o 45.000€ si es eléctrico, etiqueta 0.
Las ayudas incluyen una partida de 5 millones de euros para subvencionar adquisición de motocicletas de combustión o eléctricas con más de 70Km de autonomía y al menos 3 Kw de potencia. En el primer caso la subvención es de 400€y en el segundo de 750€.
Una vez cerrada la compra puedo solicitarla de forma telemática cuando abran el portal web destinado a tal fin. Estiman que sucederá pasado el verano, por lo que es importante guardar toda la documentación.
El concesionario no está obligado a solicitarla ya que es una ayuda directa al comprador, siendo éste el responsable de subir la documentación necesaria, si bien es cierto que puede pedirle que la gestione como intermediario, aunque no está obligado.
El titular solicitante de la subvención deberá disponer de Certificado de firma electrónica.
El plan estará vigente a hasta el próximo 31 de diciembre o se agoten los fondos.
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Webs de interés:
*Fuente de la tabla: Faconauto.